Australia, muy avanzada y necesitada de servicios digitales ha sido la primera en establecer un CÓDIGO DE CONDUCTA obligatorio para los anuncios de servicios sanitarios en la red que afecta no solo a los medicos-enfermeras-farmacias…etc. sino a cualquiera que los ofrezca.
Su transgresión implican multas de 5000 $ a los individuos y 10000 $ a las corporaciones.
1.- Una web u otro medio digital debe contener INFORMACION DE HECHOS tales como direccion, telefono, horas de oficina, pagos por servicios, titulos de los proveedores, calificaciones y escuelas o universidades donde las ha estudiado, si esta acreditado y por quien, fotos de los medicos y de los servicios o estancias etc…
2.- ESTA PROHIBIDO POR LEY: Hacer descuentos, hacer regalos, utilizar testimonios, promocionar o inducir a usar servicios que no son necesarios…. El apartado de testimonios esta muy detallado y es importante que los colegios de medicos lo conozcan, especificamente se prohibe utilizar relatos de los pacientes que tienen como fin promocionar los servicios o los medicos. Incluso si estos se realizan por otros, se debe solicitar explicatamente su eliminacion.
3.- LAS CALIFICACIONES, las cualificiones del personal deben estar registradas y avaladas por entidades superiores.
4.- LAS CITAS CIENTIFICAS, deben ser exactas y no llevar a engaño, deben utilizar una terminologia que este al alcance de las personas que leen el anuncio, deben incluir la totalidad de los autores y su origen y deben especificar si las revistas que se citan tiene o no revisores cientificos.
Las normas continua y son mas extensas, pero es suficiente que tengamos presente que es sumamente urgente regular para asegurar que el consumidor no se verá manipulado la atención medica digital y los anuncios de atención medica en los medios digitales. Y por supuesto si estos anuncios no vienen avalados por personal sanitario claramente identificado deberían estar prohibidos.