“Telemedicine for the benefit of patients, healthcare systems and society”
Es el informe COMMISSION STAFF WORKING PAPER SEC(2009)943 final de Junio 2009.
El marco legal, de calidad asistencial y las carencias a nivel EU estan descritos en el informe.
Las tres barreras que se identifican son:
1- Ausencia de incentivos a los profesionales sanitarios para que adopten los servicios de telemedicina: Entre los que esta obviamente su formacion en las herramientas y sistemas de la Sociedad de la Informacion aplicada a la medicina.
2- La incertidumbre legal: a)-La mas importante en la falta de seguridad de los entornos inhalambricos y por supuesto los relativos a “the cloud” o la nube. b)-Pero le sigue el control de calidad asistencial.
De hecho el informe cita textualmente: “to ensure that telemedicine does not in any way reduce the quality of the services provided to the public“, es mas especifica que “It should be based on general principles relating to standard medical acts applicable according to the national legislation of the Member State. This principle ensures that adequately regulated health services are not replaced by less regulated telemedicine services…”
En otras palabras la calidad asistencial extrictamente regulada a nivel medico debe prevalecer frente a cualquier otra consideracion, por lo tanto son los medicos los que han de proporcionar los servicios y establecer cuales son los limites, no solo ETICOS sino de CALIDAD ASISTENCIAL, cuando tienen lugar a distancia.
3- La ausencia de estandares que aseguren la interoperabilidad. Nuestro caballo de batalla permanente…. ya lo saben ustedes…
( En una proxima entrada hablaremos de los cloudwares medicos para llevar a cabo un outsourcing de servicios sin tener en consideracion la puesta a punto, ni la integracion, ni la actualizacion, ni el mantenimiento).